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TSJ en el exilio proclama a Edmundo González como presidente electo

Info Caos by Info Caos
31 de agosto de 2024
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TSJ en el exilio proclama a Edmundo González como presidente electo
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MIAMI.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela en el exilio proclamó a Edmundo González Urrutia como presidente electo de ese país sudamericano.

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El pronunciamiento, leído por el magistrado Domingo Salgado, segundo vicepresidente del organismo, en una ceremonia en el Instituto Interamericano para la Democracia en Miami, fue contundente en rechazar la legitimidad de Nicolás Maduro como ganador de los comicios y en denunciar el uso del sistema judicial venezolano como un mecanismo de represión.

Basándose en pruebas de testigos electorales y organizaciones internacionales, el tribunal consideró nula la proclamación de Nicolás Maduro realizada por Elvis Amoroso Hidrobo el 29 de julio, tras estimarla un acto carente de legitimidad.

Según el TSJ en el exilio, las elecciones no cumplieron con los principios de transparencia y veracidad del sufragio que exige la Constitución venezolana, por lo que procedió a declarar su inconstitucionalidad.

Además, el TSJ legítimo invalidó el documento emitido por Caryslia Beatriz Rodríguez, quien ostenta el cargo de presidenta del Supremo aliado a Maduro, y otros abogados, con el que se intenta dar luz verde a un proceso electoral viciado, al tiempo que rechazó la persecución política contra quienes se oponen pacíficamente al régimen actual.

El organismo judicial venezolano cuestionó también la grave situación de inconstitucionalidad que se registra en ese país. Según la resolución, Venezuela constituye en estos momentos un «Estado fallido», en el que los poderes públicos y las fuerzas del orden actúan en complicidad con el régimen de Maduro para sembrar miedo y zozobra entre la población.

Ante esta situación, el TSJ hizo un llamado a las Fuerzas Armadas y otros cuerpos de seguridad del Estado a cumplir con su deber constitucional de proteger al pueblo venezolano y garantizar la convivencia democrática.

Además, se instó a la comunidad internacional a reconocer la legitimidad de Edmundo González Urrutia como presidente electo y a apoyar los esfuerzos del pueblo venezolano por restaurar la democracia y el Estado de derecho en el país.

En su pronunciamiento, el tribunal recordó que la Constitución de Venezuela establece que el país es un Estado democrático y social de derecho y de justicia, basado en valores como la libertad, la igualdad y los derechos humanos.

Asimismo, subrayó que la Ley Orgánica de Procesos Electorales de Venezuela exige un proceso transparente, con etapas claras y públicas, que fueron ignoradas durante las elecciones de julio.

El TSJ en el exilio señaló que la judicialización indebida del proceso electoral y la injerencia de altos funcionarios del régimen han contribuido a mantener en el poder a Nicolás Maduro, en detrimento de la voluntad popular.

De igual forma, el organismo defendió el derecho constitucional a la resistencia civil, consagrado en el artículo 350 de la Constitución, que permite a los ciudadanos desconocer cualquier autoridad que contravenga los principios democráticos o atente contra los derechos humanos.

Caso de Maduro en Argentina

Entretanto, el presidente del TSJ en el exilio, el magistrado Antonio Marval, anunció la adhesión de ese organismo como querellante en un caso por delitos de lesa humanidad que cursa contra Maduro en la jurisdicción universal de Argentina.

Al acto en Miami fue invitado el abogado Tomás Jorge Farini Duggan, representante jurídico del Foro Argentino por la Democracia en la Región (FADER), organización que interpuso una denuncia contra Maduro por delitos como secuestros, torturas y homicidio de dirigentes opositores.

Farini Duggan explicó que el paso siguiente es que el dictador rinda indagatoria para luego pedir a la justicia argentina la promulgación de una “orden de detención internacional” contra Maduro.

Según las normas internacionales, el pedido de indagatoria se basa en los principios de ‘Justicia Universal’, que permiten juzgar en un país los crímenes de lesa humanidad que se cometen en otro, pero que no se investigan.



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