Los mensajes de WhatsApp adquirieron un nuevo peso en Venezuela. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) confirmó que los contenidos compartidos en esta plataforma sirven como pruebas válidas en procesos judiciales. La decisión reafirmó que chats, notas de voz, fotos o videos tienen la misma fuerza que documentos privados impresos.
La Sala de Casación Civil emitió el fallo en su sentencia n.º 19, fechada el 12 de febrero de 2025. Revisó un caso de Monagas donde un préstamo de $14.000 se disfrazó como compraventa de un inmueble. “La información contenida en el mensaje de datos reproducida en un formato impreso tiene el mismo valor probatorio que las copias o reproducciones fotostáticas simples”, dictaminó el TSJ, citando el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. Así lo reseñó Acceso a la Justicia.
El caso nació en 2020, cuando una mujer pidió dinero para saldar una deuda médica con la Policlínica de Maturín. Acordó con el prestamista entregar una casa y un terreno como garantía. “Se evidencia con meridiana claridad la voluntad de las partes de celebrar los acuerdos a los que se ha hecho referencia, es decir, la solicitud de préstamo, el otorgamiento del mismo, la firma del documento, y la presunta venta del inmueble”, indicó la Sala tras analizar conversaciones de WhatsApp entre la demandante, su hija y el demandado.
El prestamista admitió que no pagó el supuesto precio de la propiedad durante el registro. “Se consignó un cheque como formalidad, pero no para su cobro”, confesó, según el fallo redactado por la magistrada Carmen Eneida Alves. La Sala concluyó que la operación ocultó un préstamo con intereses del 20 % mensual y anuló el acuerdo por simulación.
El TSJ definió la simulación como “la intención de encubrir la voluntad real de los declarantes en el acto destinado a engañar a uno de los contratantes o a terceros adquirentes de buena fe”. En este caso, el verdadero negocio fue el préstamo, mientras la compraventa actuó como fachada. La posesión del inmueble nunca cambió de manos, lo que reforzó la decisión de invalidar el contrato.
El fallo alineó la jurisprudencia con la Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Estableció un precedente claro para jueces y abogados, al tiempo que ofreció claridad a los ciudadanos. La resolución destacó cómo una herramienta cotidiana como WhatsApp transformó la dinámica de las pruebas en el sistema judicial venezolano.