Luego de muchos escritos de mi autoría sobre las violaciones constitucionales que mantienen a Nicolás Maduro en el cargo de presidente de Venezuela, en diferentes oportunidades, durante este año 2023, fui invitado por algunos colegas para intentar un recurso ante la sala constitucional a fin de evitar la postulación de Nicolás Maduro para las elecciones del año 2024.
A todos ellos sugerí que sería gastar “pólvora en zamuro” pues, más allá de la ineficacia jurídica de tal acción en las condiciones actuales, para motivar ese recurso es necesario que Nicolás Maduro se postule, o por lo menos manifieste en forma pública su intención de postularse a la reelección para el año 2024
Hasta esta fecha eso no ha ocurrido y para ser sincero, por el silencio sobre el tema, también surgen dudas razonables que para el año 2024, tales elecciones se realicen.
A pocos días de finalizar el año 2023, ese tema es un misterio y a mi humilde parecer, ese silencio indica que Maduro no se postulará. Son muchas las circunstancias que pudieran sostener está hipótesis y aquí me permito referirme a tres de sus inhabilitaciones que sostienen mi hipótesis.
PRIMERA INHABILITACIÓN. NO HAY REELECCIÓN INDEFINIDA.
A inicios del año 2023 publiqué dos escritos que trataban sobre el fraude generado por la enmienda constitucional del año 2009.
En dichos escritos se demuestra que tal enmienda en ningún momento elimina del texto constituciónal el principio fundamental de alternabilidad previsto en su artículo 6. Al ser así, se argumenta en ambos escritos la no existencia en Venezuela de la reelección indefinida.
A pesar de lo anterior, la propaganda y las incoherencias de tantas opiniones interesadas en hacer prevalecer la mentira, crearon el mito jurídico, y pudimos observar su existencia y arbitraria ejecución en los diferentes niveles de gobierno, soportado por una inaudita complicidad social e institucional. Como es natural, la mentira tiene patas cortas y ya es insostenible.
En el primer escrito afirmé lo siguiente. Cito.
“El mundo académico, los colegios de abogados y cualquier abogado medio estudiado, sabe que ese error jurisprudencial y hasta delictual que conspiró para modificar la Constitución, no sustituye la constitución ni la ley. Es su obligación saber.
Conocen que ese engaño no es vinculante a los demás poderes, pero callan y no se manifiestan con contundencia. Por tal razón hago mi parte de seguir escribiendo y repitiendo hasta el cansancio y sin miedo que la reelección indefinida o ilimitada no existe en nuestra estructura jurídica y la prohíbe nuestra Constitución” Fin de la Cita. Ver más en…
REELECCIÓN AGOTADA.
Por todo lo anterior es necesario repasar el Artículo constitucional respectivo. Cito.
Artículo 230. El período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida.» Fin de la cita
A simple lectura se observa que el artículo citado permite la reelección y recordemos que la enmienda del 2009 eliminó de la redacción original la específica limitación de qué tal reelección tenía que ser «de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período«.
A pesar de tal enmienda y de la supresión de ese complemento, la reelección sigue siendo ” de inmediato y por una sola vez”. Su lectura, ahora tácita se produce en forma automática ya que se activa el principio fundamental de alternabilidad previsto en el artículo 6 constitucional. Cito.
«El gobierno de Venezuela y los gobiernos de las entidades políticas que lo componen son y siempre serán…. alternativos”. Fin de la cita.
Al ser un gobierno sometido al principio que lo obliga a ser alternativo, cuando la constitución le permite ser reelegido, está es una única reelección. El señor Nicolás Maduro agota en el 2024 la única reelección que le permitió el citado artículo 230.
Esa es la correcta interpretación del principio enunciado para tal fin. Por mandato fundamental, la propia constitución lo inhabilita para una nueva reelección y esa mentira de la pretendida reelección indefinida agotó su tiempo. Ver más en.
SEGUNDA INHABILITACIÓN. DOBLE NACIONALIDAD
No quiero en este escrito referirme a diferentes motivos de derecho que, desde el año 2013 afectan la legítimidad tanto de origen como de ejercicio del señor Nicolás Maduro en los más de 20 años en el escenario político Venezolano.
Muchos escritos publicados se refieren a esos otros motivos, en especial la violación expresa del mandato Constituciónal que prohíbe a ciudadanos con doble nacionalidad ocupar cargos como el de Presidente de la República y Presidente de la Asamblea Nacional, restricciones evidentemente obviadas por el sr Maduro para ocupar dichos cargos.
La doble nacionalidad es otra de esas verdades restrictivas que alcanzó a Maduro Ver más en..
TERCERA INHABILITACIÓN. LAS MENTIRAS DEL ESEQUIBO Y EL PLESBICITO REFRENDARIO.
Esta Inhabilitación es la más contundente. El referendo sobre el esequibo como última carta jugada por Maduro al apelar al comodín del nacionalismo,se convirtió en un plesbicito que como un boomerang se les regresó, mostrando al psuv el poco poder de convocatoria de Nicolás Maduro.
Para rematar la reunión con el presidente de Guyana y el acuerdo que tuvo que firmar, puso al descubierto todas las mentiras sobre el Esequibo y el famoso Referendo.
Los cómplices y a la vez enemigos internos de Maduro, en la dirección del partido tratarán de convencerse que el rechazo mostrado en el plesbicito es a Maduro y no a su revolución.
Es posible que por tal razón ya las instrucciones de sus jefes cubanos estén dadas y en cualquier momento nos enteremos y sorprendamos de su próxima jugada, y posiblemente el nombre del sucesor,o sucesora.
Caracas 26 de Diciembre del año 2023
Coronel Angel Alberto Bellorin.
Doctor en Derecho Constituciónal