El expresidente peruano Alberto Fujimori (c) (1990-2000), acompañado de sus hijos, Keiko (d) y Kenji Fujimori (i), sale del penal luego de ser puesto en libertad en cumplimiento de una orden del Tribunal Constitucional, a pesar de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) pidió a las autoridades del país andino que se abstuvieran de hacerlo, hoy en Lima (Perú). EFE/ Aldaír Mejía
El ministro peruano de Justicia, Eduardo Arana, reiteró este martes que la liberación del expresidente Alberto Fujimori fue una decisión del gobierno “ajustada a la Constitución” y la ley, y que la respuesta que darán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) es un “trámite muy sencillo” que no los compromete “a nada”.
Arana dijo que van a explicar “las razones por las que el Estado peruano ha tomado la decisión que se ha adoptado” y subrayó que “la decisión del Gobierno está ajustada a la Constitución, a la ley y a los tratados internacionales”.
En declaraciones a la emisora RPP, añadió que el Ejecutivo peruano ha solicitado al Tribunal Constitucional (TC), que ordenó se restituya el indulto humanitario otorgado a Fujimori en 2017, el expediente del caso para poder explicar las razones a la Corte.
“Nosotros solo hemos sido notificados de una resolución que da término a un proceso, pero no tenemos el contenido del proceso. Y como quiera que la Corte IDH nos pide una información, yo no le puedo decir que solo tengo la notificación, tengo que conocer todo el proceso y, en virtud de eso, emitiremos una opinión de acuerdo a lo que veamos en el expediente”, señaló el ministro.
Sin embargo, acotó que “es algo muy sencillo, no compromete a nada”.
En una resolución publicada en diciembre, la Corte IDH recordó que había ordenado no implementar el indulto a Fujimori porque “no observó los estándares de derecho internacional que debían ser tomados en cuenta al realizarse un control jurisdiccional”.
Fujimori, de 85 años y que cumplía una pena de 25 años de cárcel, salió de prisión el pasado 6 de diciembre en cumplimiento de una orden del TC, a pesar de que la Corte IDH pidió a las autoridades del país andino que se abstuvieran de hacerlo con el fin de garantizar la justicia para las víctimas de violaciones a los derechos humanos de los casos La Cantuta y Barrios Altos.
En ese sentido, declaró que el Estado peruano cometió un desacato porque ejecutó la sentencia dictada por el TC, del 17 de marzo de 2022, que restituyó los efectos al indulto “por razones humanitarias” otorgado el 24 de diciembre de 2017 por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski a Alberto Fujimori, “a pesar que la Corte había dispuesto que debía abstenerse de implementarla”.
Arana declaró que responderá a la Corte IDH “con las armas del derecho nacional e internacional”.
“Tenemos plazo hasta el 4 de marzo para poder efectuar la respuesta a todo este mecanismo en el que estamos recabando información, solo con el propósito de tener los elementos de juicio para responder adecuadamente a la Corte IDH”, expresó.
El pasado 22 de diciembre, los ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia afirmaron que “el Estado peruano es plenamente respetuoso de los tratados y decisiones del sistema de promoción y protección de los derechos humanos” y ratificaron su “firme adhesión” a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“En el sentido expuesto no ha existido desacato alguno por parte del Estado, puesto que las sentencias recaídas en los casos aludidos por la Corte han sido ejecutadas y se vienen implementando dentro de los parámetros de los instrumentos internacionales de los que Perú es parte”, añadió el pronunciamiento. EFE