Uno de los problemas que pueden enfrentar los votantes al ejercer su derecho es marcar accidentalmente una opción incorrecta, favoreciendo a un candidato o partido que no prefieren.
El capítulo 9 del «Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales» (Lopre) aborda las diversas incidencias que pueden surgir durante la votación y describe cómo proceder si se marca una opción por error.
Según el artículo 313 del reglamento, si un votante selecciona la opción incorrecta, debe desmarcarla presionando nuevamente sobre la misma. Luego, debe elegir correctamente y confirmar su voto presionando “votar”.
El reglamento estipula lo siguiente en su Artículo 313, numeral 5: En caso de error en la selección, mientras esté dentro del tiempo asignado y no haya presionado “votar”, el votante puede corregir su elección presionando nuevamente la selección errónea y luego la correcta.
Durante un simulacro electoral, algunos votantes notaron que al marcar incorrectamente, aparecía una flecha para corregir el error. El procedimiento consiste en presionar esta flecha, seleccionar la opción deseada y finalmente “votar”.
Esta normativa permite seis minutos para seleccionar y votar. Si no se selecciona ningún candidato y se presiona “votar”, el voto será nulo. La votación se considera inválida si se supera este tiempo sin votar.
La legislación también establece que al presionar “votar”, se generará una papeleta que deberá depositarse obligatoriamente en una urna para la verificación.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) llevó a cabo una auditoría de predespacho de las máquinas de votación el 21 de julio, con presencia de expertos de la ONU y del Centro Carter, así como técnicos de partidos políticos, para asegurar la confiabilidad del proceso.
En resumen, la auditoría de predespacho busca garantizar que la elección del votante se registre correctamente y que los datos sean consistentes en todos los sistemas y documentos relevantes.